El Ministerio de Energía firmó la Resolución 314/16, publicada ayer en el Boletín Oficial, mediante la cual las estaciones de servicio deberán informar al Gobierno los precios de las naftas, el gasoil y el GNC cuando apliquen aumentos, cifras que serán publicadas en una página web de acceso público.
Según la norma, los expendedores tendrán la obligación de informar a las autoridades los "precios de comercialización minorista dentro de las ocho horas de producida una modificación en el precio en surtido" de las naftas súper y premium, los distintos tipos de gasoil y el GNC.
Estos datos serán luego difundidos por la "Subsecretaría de Escenarios y Evaluación de Proyectos mediante medios electrónicos y serán de acceso público para el consumidor", de acuerdo al artículo 3 de la norma.
En tanto, el artículo 4 establece que, si los consumidores observan diferencias entre los precios informados y los de las estaciones, podrán reportarlo en "un canal de denuncias accesible".
El objetivo del Ministerio a cargo de Juan José Aranguren es recopilar la información y lanzar una plataforma web. Al disponer de los datos de todos los surtidores, el consumidor podría comparar los precios de las estaciones de servicio cercanas a su locación, algo similar a lo que sucede con el programa "Precios Claros", que permite contrastar los valores de los productos de distintos supermercados.
En la actualidad, la cartera publica los precios de las estaciones de servicio de todo el país, aunque con un mes de rezago.
En los próximos días, la nafta subirá un 8% promedio. Será el primero de una serie de aumentos que el Gobierno y las petroleras acordaron para el año. Las empresas aseguran que los precios aumentaron en 2016 un 31%, menos que la inflación y la devaluación que acompañó a la salida del cepo cambiario.