Seguridad Vial (CEDOC)
Seguridad Vial Foto: CEDOC
Seguridad Vial / Actuación de oficio de la ANSV

¿Pueden suspenderme la licencia de conducir aunque no sea “culpable”?

Un episodio reciente en Capital Federal, donde una joven fue agredida por un jubilado en plena discusión de violencia vial, expuso una sanción que pocos conocen.

miércoles 26 de noviembre de 2025

Tal como he mencionado en el título, como así también en la intro, la Agencia Nacional de Seguridad Vial, puede acudir a una especie de “VAR vial”, -por llamarlo de una manera futbolera-, y suspender por determinado tiempo la licencia de conducir.

Maniobras peligrosas captadas en redes sociales, conducción temeraria o evidencias sustanciales de falta de aptitudes pueden derivar en la pérdida temporal del permiso otorgado por el estado Argentino.

Cabe mencionar -como siempre digo-, la licencia de conducir no es un derecho adquirido: es una habilitación que exige conducta responsable.

Todo comenzó con una discusión típica de violencia vial, que derivó en violencia física: una joven recibía un golpe de un hombre mayor tras una discusión por un estacionamiento. El episodio recorrió los canales de televisión y generó indignación inmediata. La historia parecía clara: una víctima y un agresor. Pero a las pocas horas todo cambió de eje. En redes sociales comenzaron a circular otros videos donde la misma conductora aparecía manejando a alta velocidad, sin las manos en el volante, con la patente trasera faltante y estacionando en lugares indebidos, lo cual -vale la aclaración- no merece la reacción del jubilado.

Entonces intervino la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y tomó una decisión contundente: solicitó la suspensión de la licencia de conducir de la mujer.

La protagonista pasó de víctima de una agresión a estar bajo el foco de la autoridad vial. Y este giro permitió poner luz sobre algo fundamental: la licencia de conducir no es un título de propiedad, sino un permiso que el Estado puede suspender cuando detecta conductas que ponen en riesgo a terceros.

El marco normativo

La Ley Nacional de Tránsito y las normativas que regulan la Licencia Nacional establecen que la autoridad puede suspender o retener una licencia cuando se compruebe:
• Infracciones graves o maniobras temerarias.
• Conducción bajo los efectos de alcohol o drogas.
• Exceso de velocidad.
• Desacato a normas de seguridad (no usar cinturón, casco, etc.).
• Falta de condiciones psicofísicas adecuadas.
• Patente oculta o falta de identificación del vehículo.

Esto significa que no es necesario un siniestro vial para perder la licencia. Basta con comprobar una conducta que implique riesgo.

Qué cambió con este caso

Lo novedoso es la vía por la cual se detectó la conducta peligrosa: videos virales. La ANSV puede actuar de oficio cuando recibe denuncias ciudadanas o material audiovisual que evidencia infracciones.

Si hay pruebas objetivas, la autoridad solicita a la jurisdicción emisora que suspenda el permiso. Luego, se cita al conductor a una nueva evaluación, que puede incluir examen psicofísico y teórico-práctico.

Dicho en sencillo: si tus acciones al volante ponen en riesgo la vida de otros, el Estado tiene la facultad de evitar que sigas manejando.

Licencia: habilitación, no derecho

La suspensión busca prevenir.  En un país donde los siniestros viales siguen siendo una de las principales causas de muerte de jóvenes, las medidas que apuntan a la conducta tienen un impacto directo. Cada año miles de infracciones graves están asociadas a velocidad excesiva, conducción distraída por el celular o falta de control del vehículo.
La licencia habilita a manejar, pero también exige un compromiso: ser apto física y mentalmente, y respetar las normas.

El mensaje que deja este caso

Más allá del escándalo mediático, el episodio dejó una enseñanza clave: “No alcanza con ‘no chocar’: la conducta vial también se mide por lo que puede pasar, no sólo por lo que pasó.”
La seguridad vial es responsabilidad colectiva. La ley protege el derecho a circular, pero protege aún más el derecho a llegar vivos.

Por Matías González, abogado diplomado en Seguridad Vial