Impuestos internos: estos son los autos, aviones, motos y embarcaciones exentos

Tras una actualización en la base mínima imponible, descubrí los modelos que no tributarán a partir del próximo 1 de diciembre hasta el 29 de febrero de 2020.

Redacción Parabrisas

La AFIP publicó la nueva modificación en la Ley de Impuestos Internos para el rubro de “vehículos automóviles y motores, embarcaciones de recreo o deportes y aeronaves”, para actualizar la base mínima imponible con un incremento del 12,5 por ciento en el caso de los autos.

A pesar de que todavía regirán los montos actuales hasta el 30 de noviembre, a partir del primer día del próximo mes entrará en vigencia la nueva escala que tendrá como fecha de vencimiento al 29 de febrero de 2020. El único monto que no se actualizó fue el rubro de aeronáutica, ya que hasta el momento no rige ningún valor que se vea afectado.

¿Por qué es un problema? En el caso de superar el valor máximo permitido de exclusión de la línea del impuesto, se le adherirá un gravamen del 20 por ciento sobre el precio que se destine a determinado rodado.

En el caso de los autos, casas rodantes, y chasis con motor (buses, camiones, entre otros), la base mínima pasó de 1.626.763 a 1.831.084,43 pesos; el rubro motos de 380.000 a 427.728 pesos; y embarcaciones de 1.446.012 a 1.627.631,11 pesos. Todos estos valores son netos: sin contar IVA, sumado a otras comisiones.

A continuación, observá las nuevas actualizaciones publicadas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP):