El Gobierno derogó la Cédula Azul, considerándola obsoleta, mientras que la Cédula Verde no tendrá fecha de vencimiento. La nueva normativa, formalizada a través de la Disposición 29/2024 de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor (DNRPA), establece la expedición de la Tarjeta Verde en diversos escenarios, como inscripciones iniciales, transferencias y cambios de titularidad. Este documento se emitirá en formato digital y físico.
A su vez, la Cédula Verde no se expedirá en casos como denuncias de robo o hurto no resueltos, denuncias de venta no inscritas, órdenes judiciales que prohíban la circulación del vehículo, o si el motor ha sido dado de baja sin un alta posterior.
Las Cédulas de Identificación del Automotor y del Motovehículo (físicas como digitales) no caducarán a menos que haya un cambio de titularidad del vehículo o se establezca un plazo específico de vigencia. Los duplicados de estos documentos se podrán solicitar y expedir electrónicamente sin fecha de vencimiento, salvo disposición en contrario.
Para saber todos los detalles específicos, a continuación observá la disposición publicada en el Boletín Oficial.