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Cambios en la VTV: el Gobierno Nacional modificó los plazos obligatorios y desreguló los talleres

A través de una nueva resolución oficial, los vehículos particulares 0km pasarán la primera inspección a los 5 años. Las claves del nuevo sistema que permite verificar el auto en concesionarias y talleres de confianza.

miércoles 03 de junio de 2026

El Gobierno Nacional actualizó el régimen correspondiente a la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) y dispuso la creación del Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos, con el claro objetivo de simplificar los procesos administrativos, ampliar la oferta de servicios para los usuarios y mantener los estándares de seguridad vial en todo el país.

Con esta reforma estructural, se impulsa una profunda modernización del sistema, promoviendo un esquema más competitivo, eficiente e integrado que busca dejar atrás los viejos mecanismos cerrados, fragmentados y burocráticos por un modelo mucho más simple, interoperable y previsible para quienes viven, trabajan y circulan en el territorio argentino.

La medida, publicada en el Boletín Oficial mediante la Resolución 32/2026, representa un nuevo avance en la desregulación del transporte automotor y es el resultado directo de un trabajo articulado entre el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado y la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía. Esta normativa se basa en exigencias objetivas que garantizan las condiciones técnicas indispensables para la seguridad vial, pero bajo un marco normativo notablemente más flexible y eficiente tanto para los usuarios como para las empresas del sector.

Cómo funcionará el nuevo registro digital de talleres

El nuevo Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos funcionará de manera directa en el ámbito de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y tendrá la característica de ser público, gratuito y completamente digital a través de la plataforma oficial de Trámites a Distancia (TAD).

Esta ventanilla única virtual permitirá la inscripción de todos aquellos talleres independientes que acrediten capacidad técnica suficiente para realizar los controles, incluyendo de manera novedosa a las propias concesionarias oficiales de las marcas y a los importadores automotores.

Gracias a esta apertura del mercado, los usuarios de todo el país tendrán la libertad de realizar la revisión técnica vehicular que les corresponda en su taller de confianza, siempre y cuando el establecimiento cumpla con los requisitos técnicos exigidos por ley y se encuentre debidamente inscripto en el sistema.

De este modo, las verificaciones de vehículos particulares, comerciales, de pasajeros o de carga, así como de unidades antiguas y especiales, podrán realizarse en cualquiera de estos nuevos centros habilitados, agilizando de manera notable el otorgamiento de turnos y eliminando restricciones regulatorias injustificadas que impedían la libre interacción entre la oferta y la demanda.

Desburocratización y control informático centralizado

En línea con la desburocratización de los procesos de la administración pública, la inscripción de los nuevos talleres mecánicos se realizará de forma ágil sobre la base de una declaración jurada inicial y contará con un plazo de tramitación determinado por la autoridad de aplicación. Con el fin de evitar demoras innecesarias, una vez vencido dicho plazo operará un mecanismo de habilitación provisoria automática en caso de que exista silencio administrativo por parte del Estado, quedando el comercio sujeto a un control e inspección técnica posterior para validar sus instalaciones. A su vez, las plantas habilitadas estarán facultadas para realizar la revisión de todo tipo de categorías de rodados sin distinciones exclusivas.

Por otra parte, la normativa establece que la Subsecretaría de Transporte Automotor tendrá la responsabilidad de implementar y desarrollar una base informática centralizada. Esta plataforma tecnológica consolidará en tiempo real la totalidad de los datos de las revisiones técnicas que se vayan realizando en cada uno de los talleres autorizados a lo largo del territorio nacional, permitiendo un registro riguroso y un control cruzado eficiente de la autenticidad de los certificados y obleas emitidos para circular.

Cabe destacar que, en cuanto a las exigencias técnicas de fondo, el Gobierno continuará solicitando de manera obligatoria la presencia de un Director Técnico matriculado al frente de cada establecimiento y el estricto cumplimiento de los pasos de revisión vigentes en materia de seguridad y emisiones.

El nuevo esquema de plazos para particulares y carga

El cambio de mayor impacto cotidiano para los conductores radica en la reconfiguración completa de los plazos y la vigencia de las inspecciones. Para la primera revisión de las unidades cero kilómetro, los vehículos particulares nuevos dispondrán ahora de un período de gracia de 5 años antes de realizar su debut en la línea de control.

Por el contrario, los vehículos cero kilómetro destinados al transporte de cargas y pasajeros mantendrán un esquema más estricto, debiendo realizar su primera inspección técnica en un plazo máximo de hasta 12 meses desde su patentamiento.

En lo que respecta a las revisiones periódicas consecutivas, el nuevo cronograma estipula un alivio en la frecuencia para los modelos más nuevos del parque automotor. Los vehículos particulares que tengan una antigüedad de hasta 10 años deberán efectuar el trámite de control cada 24 meses, duplicando el tiempo de vigencia actual.

En tanto, aquellos automóviles particulares que superen la década de antigüedad (más de 10 años) tendrán que continuar verificándose con una frecuencia anual cada 12 meses. Por último, la normativa determinó que todos los vehículos no particulares, abarcando de forma exclusiva a las unidades de transporte de carga y transporte de pasajeros, deberán renovar su oblea de manera obligatoria cada 12 meses sin importar su año de fabricación.

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