Usar auriculares y tomar mate en el auto, tocar la bocina por cualquier cosa y escupir por la ventanilla son acciones que muchísimos conductores argentinos realizan a diario.
Alguien podrá preguntarse, “¿qué tienen de malo?” Y la respuesta es que están prohibidas: esas acciones (y muchas otras) pueden ser causal de infracciones.

El tránsito en el territorio argentino está regulado por la Ley 24.449, una normativa que se complementa con ordenanzas específicas en cada distrito. Es una ley que establece claramente –un sus 97 artículos repartidos en nueve títulos, y las posteriores modificaciones– qué se puede hacer y qué no.
Sin embargo la falta de controles extendida en el tiempo sumada a los “usos y costumbres” que se instalan casi “sin querer”, van cimentando algunas acciones que, aunque son repetidas por muchísimos automovilistas, no están permitidas por la ley por lo que se convierten en infracciones.
Infracciones que no sabés que lo son: las más comunes
Para graficar con ejemplos y hacer un resumen de los montos que representan las costumbres que pueden transformarse en infracciones utilizaremos los valores del mes de junio establecidos en la Ciudad de Buenos Aires. Recordemos que esos montos se calculan en Unidades Fijas (UF) cuyo valor individual es el de medio litro de nafta súper y que equivale a 949,99 pesos en ese distrito.
Entre las acciones más “comunes” podemos mencionar: circular utilizando auriculares. Sólo se permite el sistema manos libres fijo (Bluetooth): el audio se escucha a través de los parlantes del auto. La multa es de 100 UF, unos 95.000 pesos.
Otra “clásica” es conducir a una distancia menor de la prudente del vehículo que nos precede de acuerdo a la velocidad de marcha: todo el mundo viaja “pegado” al auto de adelante generando un altísimo riesgo de colisión y de pagar una multa de 95.000 pesos.
También se repite bastante la circulación marcha atrás. Está permitido para estacionar, egresar de un garaje o de una calle sin salida. Esta infracción está establecida en 100 UF.
Y aunque parezca extraño tocar bocina también puede representar una infracción cuando no se trata de una emergencia. Según la Ley la bocina se usa sólo para evitar accidentes. En este caso son 70 UF, es decir 66.500 pesos.
Lavar el auto en la calle está prohibido según las ordenanzas municipales correspondientes tanto en CABA como en la provincia de Buenos Aires, acción por la cual puede corresponder una multa por "obstrucción". La multa por esto también es elevada: 100 UF, 95.000 pesos.
El mate y otras yerbas: prohibidas
Otra acción cada vez más extendida entre los automovilistas es tomar mate. Se considera que no tenés las manos en el volante es decir que es una "conducción sin tener dominio del vehículo". Si te ven cebando mate, es igual que ir usando el celular. Otra vez 95.000 pesos.
Tampoco se pueden llevar mascotas sueltas en el auto. Perros y gatos deben viajar sujetos con un arnés al cinturón o en canil. En este caso el valor de la infracción también es de 100 UF porque se puede considerar que se trata de elementos que pueden perturbar la visibilidad o la libertad de movimiento. El algunos distritos también te pueden multar si tu mascota viaja sacando la cabeza por la ventanilla.
Escupir por la ventanilla puede ocasionar una multa en CABA, porque es considerado como "arrojamiento de sustancias o líquidos a la vía pública o falta de higiene o limpieza". Esta se agrega a la lista de las 100 UF o 95.000 pesos. Aunque parezca increíble está al mismo nivel que circular sin utilizar el cinturón de seguridad o con la VTV vencida.
Aunque no está específicamente prohibido, manejar utilizando ojotas puede generar una multa. Los agentes de Tránsito pueden considerar, “falta de dominio” ya que esas cómodas compañeras de vacaciones se consideran calzado "no adherente", que si se salen del pie se pueden trabar debajo de los pedales generando situaciones riesgosas, por ejemplo, para frenar. Si conducís con ojotas y tenés un accidente el seguro puede no cubrirte. En caso de una infracción, el monto es de 95.000 pesos.
Dejar el auto en marcha solo, como hacen algunos que bajan del vehículo para, por ejemplo, hacer una compra y lo dejan con el motor encendido puede representar una multa por "abandono de vehículo en marcha". La multa se inscribe en las 100 UF, pero puede duplicarse si en esa situación el auto se mueve o choca a otro; incluso si se lo roban.
Para los motociclistas esta es clave: estacionar la moto sobre la vereda aunque no moleste, puede representar el acarreo y una multa cuyo valor inicial es de 10.292 pesos.